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domingo, 22 de mayo de 2011

Módulo 66
 
Aspectos legales y éticos:
Parte I

Los asuntos legales se han convertido en un aspecto importante en las transmisiones de televisión.
Aunque algunas restricciones legales, como lo son las leyes de protección, las leyes en contra de la difamación, invasión a la privacidad, etc., están formuladas en favor de los mejores intereses del público, otras leyes no lo están, como por ejemplo cuando una gran corporación amenaza con demandar, si se transmite una historia verdadera acerca de un negocio dudoso de la corporación.
Antes de adentrarnos en esta sección, debemos enfatizar en dos cosas importantes.
  • En primer lugar, lo que sigue es tomado de la ley Estadounidense. Debido a que "Cybercollege" y el "InternetCampus" alcanza a estudiantes en más de 50 países, muchos lectores encontrarán que estas leyes difieren con las de sus propios países.

  • En segundo lugar, en los Estados Unidos lo mejor que alguien puede hacer en un aspecto como este que regularmente cambia de estado a estado, con el tiempo (sin mencionar de jurado a jurado) es sugerir una especie de guía general que no debe ser considerada como un reglamento legal. Inclusive, el Consejo Legal que se ha presumido válido por décadas, puede ser repentinamente revocado por una decisión de la Corte.
Pero, ya que la ignorancia de la ley no es una defensa válida en una corte de ley, lo vamos a alertar acerca de algunas áreas delicadas en la producción de televisión. La bibliografía al final de esta sección sugerirá fuentes de información adicionales.
En este módulo tocaremos tres áreas :
  • Invasión a la privacidad.
  • Restricciones de acceso y derechos.
  • Publicación o difusión malintencionada y difamatoria.
En la parte II de este tópico, cubriremos tres más:
  • Puesta en escena.
  • Derecho legal, de venta, publicación y reproducción ("Copyright")
  • Talento y permisología para locaciones.

Privacidad: individuos públicos y privados.

A unque la constitución de Estados Unidos no habla acerca del derecho de privacidad o invasión a la privacidad, a lo largo de los años las cortes han mantenido, que los ciudadanos necesitan protección de la publicidad injustificada de imágenes, o información de naturaleza privada.
Cuando se trata de invasión a la privacidad, la ley establece una distinción entre individuos públicos y privados.
Una vez que los individuos entran a la "mira pública" (bien sea intencionalmente o bajo circunstancias accidentales) están provistos de menor protección legal. Basta con ojear la prensa para verificar esto.
En primer lugar, pareciera ser que todas las personas, deberían estar provistas de protección contra la revelación pública de información privada. Pero el problema surge cuando esa información "privada" se refiere a una conducta ilegal o inmoral. Por ejemplo...
  • Si un hombre es condenado por abuso infantil, ¿él no podría alegar que eso es información privada?   y si así lo hace, ¿tendría él el derecho de no permitirle a la prensa la revelación de esa información (y a las personas del vecindario en donde vive de conocer acerca de lo sucedido)?

  • Si un político es encontrado culpable de robar dinero del Tesoro Público, ¿tenemos nosotros el derecho de saberlo (especialmente antes de la próxima elección)?

  • Si un respetable evangelista, quien regularmente predica en contra del sexo ilícito, tiene una serie de aventuras sexuales, ¿podría él alegar que eso es información privada y por lo tanto no debería ser públicamente revelada?
E n casos como estos, muchos sienten que no solo el público tiene el derecho de saber estas cosas, sino que además la prensa tiene la responsabilidad de traer estos hechos a la atención pública.
Nuestro sistema de gobierno y nuestra forma de vida dependen de un público informado. El grado al cual el público es mantenido en la oscuridad es el grado al cual es vulnerable a la duplicidad del egoísmo de ciertos individuos.
Reconociendo el rol crucial que una prensa libre tiene en mantener el sistema democrático, las cortes de Estados Unidos han sido generalmente rápidas, para proteger los derechos de los medios de noticias de reunir y diseminar información, siempre y cuando la información sea cierta.
Pero, ¿qué pasa si la información es cierta pero sensacionalista por naturaleza y lo que pretende primordialmente es generar rating o aumentar las ventas de una publicación?.
A muchos periodistas les ha tomado por sorpresa encontrar que la revelación de hechos verdaderos y verificables acerca de alguien puede ser una invasión a la privacidad.
Para que esto sea así, la información debe:
  • Consistir en información de naturaleza privada juzgada como ofensiva por una persona razonable.
  • Consistir en información que no es juzgada como valedera o de interés legítimo para el público.
  • Ser publicada, transmitida, o en una forma diseminada a una audiencia.
Revelar que un individuo privado tiene SIDA, es una lesbiana o un homosexual, o que ha pasado tiempo en prisión puede caer dentro de esta categoría, si estos hechos no son juzgados relevantes para la historia que se está tratando.
Sin embargo, si hay consentimiento del individuo para revelar la información o si la información puede ser obtenida fácilmente en archivos públicos, las Cortes no han visto la revelación de dicha información como una invasión a la privacidad.
  
Intromisión
Una clase de invasión a la privacidad es la intromisión, también referida como intromisión en la vida privada del individuo , o intromisión en la soledad del individuo.
Hay situaciones en que oír de más y publicar conversaciones privadas, o transmitir imágenes de personas privadas constituye una invasión a la privacidad .
Una guía general es que si usted se encuentra en una propiedad pública y al obtener la información o imágenes no utiliza un lente telefoto o un alto micrófono direccional, un caso de invasión a la privacidad sería muy difícil de probar.
Esto es porque un ciudadano promedio podría fácilmente haber presenciado la misma cosa. Sin embargo, las cosas cambian si la propiedad privada es traspasada o se incurre en el uso de algún sofisticado equipo de supervisión.
  
Acceso
Una de las áreas más "oscuras" de la ley y que con mayor frecuencia es enfrentada por los productores de noticias, es el acceso a locaciones.
Si la locación es pública generalmente nunca hay problema (a menos que usted sea visto interfiriendo con la policía o guardias de seguridad). De esta manera, fotografiar una demostración pública, desastre, o inclusive la escena de un crimen, bajo estas condiciones está bien.
Una vez que usted se mueva hacia propiedad privada necesitará conseguir permiso, bien sea del dueño de la propiedad o su agente (quien podría estar rentando la propiedad), o de la policía.
Las decisiones de la Corte generalmente han sostenido, que en el análisis final, la prensa (con o sin pase de prensa) no goza de ningún privilegio legal más allá de aquellos garantizados al público en general. Al mismo tiempo, los oficiales públicos en ocasiones le garantizan a reconocidos miembros de la prensa privilegios especiales.
La gente de noticias decide con frecuencia traspasar la propiedadprivada en su búsqueda por la información o fotos -- hasta que se les pide específicamente que se vayan. Interesantemente, las Cortes han sostenido que a los camarógrafos se les permitirá transmitir cualquier pietaje que haya sido tomado antes de que se le pidiera abandonar el lugar.
Algunas veces la historia vale la pena el riesgo de ser arrestado, y bajo ciertas circunstancias, las Cortes han sostenido el principio de que el fin (conseguir una historia que sería imposible conseguir de otra forma) justificaba los medios ( traspasar la propiedad privada).
Siempre se ha asumido que si un alto oficial de la ley, quien se hahecho cargo de la escena de un crimen, le otorga a usted un permiso para traspasar la propiedad privada, una demanda por traspaso no tendría lugar. Un caso de La Corte, relativamente reciente, es la excepción. En circunstancias inusuales, un juez admitió una demanda por traspaso en contra del equipo de una cadena ENG - inclusive después de que un agente del FBI los invitara específicamente a acompañarlos a un apartamento durante la incautación de droga.
 
Guía para la intromisión
P ara concluir, veamos algunos puntos que resumen algunas asuntos que Las Cortes han juzgado relevantes en casos de intromisión.
  • ¿Acaso fue aquello que oyó o fotografió accesible también para cualquier persona promedio ubicada en la propiedad pública?
  • ¿Se le concedió permiso a usted para entrar a la propiedad privada?
  • ¿Violó usted la ley cuando ha podido haber conseguido la información de una forma legal?
  • ¿Fue la información que usted obtuvo, bajo las circunstancias en disputa, realmente valedera de publicación y de interés legítimo para el público?
  • ¿Estuvo involucrado el acto de husmear? (esto va más allá de la mera curiosidad y se mueve en el área de la inquisición ofensiva e inapropiada sobre la vida de alguien.)
  • ¿Es acaso aquello revelado por usted algo generalmente admitido como de naturaleza privada?
  • ¿Podría su alegada intromisión ser considerada objetable para una persona razonable?

Apropiación comercial.
L a apropiación comercial involucra el uso sin autorización, de la prominencia de un individuo u organización de manera de beneficiar a otra persona.
Las Cortes ha reconocido que una persona ampliamente conocida, adquiere una identidad que posee valor, y esta persona merece ser protegida de alguien que quiera tomar ventaja de este valor sin su consentimiento.
Digamos que usted está haciendo un comercial para un restaurante o un Spa, y resulta que capta algún personaje conocido que se encuentra en el lugar. Si usted saca al aire el comercial sin el permiso de esa persona, él lo puede demandar. Muchas celebridades han demandado por daños y han ganado frecuentemente en este tipo de casos.
En el caso de que usted se encontrara televisando un evento público y deseara hacer planos generales de la audiencia presente, no habría problema aunque en estas se encontraran personajes conocidos, porque los individuos en este caso son considerados como "fondo."
Pero, si usted utiliza a una de estas personas conocidas de la audiencia para atraer la atención en algún sentido, usted podría resultar culpable de aprovecharse de la relevancia de la persona.
Si la figura pública toma parte activa del evento que está siendo cubierto, ella o él pueden ser considerados parte del evento. En estos casos las tomas de las cámaras pueden concentrarse en ellos el tiempo que lo deseen.
  
Leyes de protección
Aproximadamente la mitad de los Estados de la Unión, poseen leyes de protección, para evitar que Las Cortes o los jueces forcen a los periodistas a revelar fuentes de información confidenciales.
Un conocido reportero de investigaciones, quien ha sido responsable de muchas historias de corrupción y negocios dudosos, ha declarado que sin la seguridad de que la gente de noticias puede proteger la confidencialidad de las fuentes, muy pocas personas estarían dispuestas a arriesgar su propia seguridad y nombre, en revelar información interna acerca de un crimen y corrupción.
En estados donde no existen leyes de protección, algunos reporteros han preferido pasar algún tiempo en prisión o ser objeto de cargos judiciales, antes de romper su promesa de mantener la fuente de información confidencial.
Al mismo tiempo, nadie responsable en un medio noticioso, sacaría a la luz una historia basada únicamente en una fuente de información. La fuente original sólo debe servir como inicio dela investigación. La organizaciones de noticias, que gozan de una buena reputación, siempre verifican detalles de historias importantes a través de fuentes independientes. Esto no solo protege la credibilidad de la organización de noticias, sino que también la puede salvar de un costoso juicio por difamación.
  
Difamación
D ifamación es definida como la comunicación a un tercero de ideas falsas e injuriosas que tienden a disminuir la estimación que tiene una comunidad de una persona, exponer a la persona a la deshonra o el ridículo, perjudicarla en lo personal, profesional o financiero.
Una publicación difamatoria es generalmente considerada de mayor gravedad que una difamación por la vía oral o por gestos. (sin embargo, algunas decisiones recientes de La Corte , han tendido a eliminar muchas de las diferencias entre los dos casos.)
Cadenas y estaciones locales han demandado por millones -- inclusive billones de dólares.
En 1990 la media de recompensa del jurado en contra una organización de noticias era US$ 550,000. Solo seis años mas tarde esta figura se ha incrementado a 2.3 millones de dólares.
Tomando en cuenta, que el costo para la defensa en un juicio contra difamación oral y escrita es con frecuencia de cientos de miles de dólares, muchas estaciones y agencias productoras poseen seguros contra difamación oral y escrita.
E n casos de difamación, la persona perjudicada debe ser aparente para la audiencia, aunque no necesariamente específicamente nombrada. El falso testimonio debe ser presentado (o interpretado por un lector u observador promedio) como un hecho y no claramente intencionado como sátira o comentario justo.
Aunque la negligencia por parte del periodista debería ser generalmente presentada en estos casos, los tan llamados "errores de buena fé" podrían también precipitar una acción legal si se puede demostrar que un testimonio falso perjudicó el buen nombre de una persona, su posición profesional o resultó en alguna pérdida financiera.
La negligencia puede abarcar desde no tomarse el tiempo de chequear hechos releer y revisar copias antes de ser sacadas al aire, hasta "un descuido de la verdad." La malicia presente, que va desde el descuido hasta un intento por perjudicar, es la forma mas grave de difamación y típicamente resulta en daños mucho mayores.
La parte perjudicada en un juicio por difamación, no tiene que ser una persona; puede ser una compañía o una institución. Si usted afirma que " todos los carros marca-x son defectuosos," o que una compañía en particular produce comida dañina para la salud que podría matar, usted podría esperar recibir una llamada muy oficial por parte de sus abogados.
En vez de decir que todos los marca-x son defectuosos, usted estaría pisando un campo mas seguro al afirmar algo que sea capaz de probar, como por ejemplo " el 68% de los carros marca-x necesitan ser reparados dentro de los 30 días luego de la compra."
En el caso de la comida, usted podría citar récords de hospitales que indican que 124 personas en Peoría, Illinois fueron admitidos por hospitales luego de consumir muffins de la marca Miss Mollie Maple's muffins. Pero en ambos casos, usted debe dejar muy claro que puede probar la veracidad de sus afirmaciones.
  
Confrontando una demanda
Debería ser obvio que los productores deben verificar cuidadosamente cualquier material cuestionable antes de ser transmitido o distribuido. En una estación de televisión, los segmentos cuestionables son supervisados por el productor ejecutivo, el director de noticias y el abogado de la estación, antes de ser transmitidos.
Si usted recibe una citación judicial por supuesta difamación, no trate de dar explicaciones para tratar de salirse del problema, usted podría meterse en un problema mayor. Tampoco, acceda a entregar un cassette o una transcripción del segmento en cuestión, a menos que reciba una orden del juez. Inmediatamente ponga el asunto en manos de un abogado especializado.
Y nunca haga ningún comentario, referente a la veracidad de la afirmación en cuestión a nadie, exceptuando a su abogado. Si un productor dice, "lo siento mucho, estaba apurado y no tuve tiempo de verificar los hechos," esto podría constituir una admisión de culpa - inclusive un "descuido de la verdad," que podría constituirse en malicia. Muchos casos se han perdido luego de este tipo de admisiones.
  
Rectificaciones
Si definitivamente un error es descubierto luego de que ha sido televisado, usted podría minimizar los daños si inmediatamente saca al aire una rectificación y disculpa. Aunque esto no necesariamente eliminaría el juicio, podría servir para reducir los daños.  

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